Satse Madrid
El Constitucional reconoce el derecho de una enfermera a disfrutar de 10 semanas adicionales de baja maternal por ser familia monoparental
La Asesoría Jurídica de SATSE Madrid argumentó que se estaba discriminando al menor nacido en una familia monoparental "al contar con menor número de semanas de prestación"

Una enfermera prepara la sala de un hospital para un nacimiento. / Guillermo Moliner
Nieves Salinas
La Asesoría Jurídica del Sindicato de Enfermería SATSE Madrid ha conseguido que el Tribunal Constitucional reconozca el derecho de una enfermera -que responde a las iniciales de I.N.G.- a disfrutar de 10 semanas adicionales tras su maternidad por ser familia monoparental, ya que "de lo contrario se privaba al recién nacido de la mitad de los cuidados a los que tiene derecho un menor de 12 meses". Así, se ha logrado que el Constitucional revoque la sentencia de la Sala de lo Social del Supremo (las anteriores instancias judiciales siempre dieron la razón al sindicato) que denegaba el derecho a reconocer a la persona demandante el derecho a percibir las 10 semanas adicionales a las ya disfrutadas y devengadas.
El equipo jurídico del sindicato en Madrid argumentó que "se estaba discriminando al menor nacido en una familia monoparental, al contar con menor número de semanas de prestación, lo que produce un resultado desproporcionado, al reducir hasta la mitad los cuidados de los menores de 12 meses".
Seguir avanzando
El Constitucional argumenta: "Al no prever la posibilidad de que (…) las madres biológicas de familias monoparentales trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento y cuidado de hijo más allá de 16 semanas, disfrutando del permiso (y también de la correspondiente prestación económica de la Seguridad Social) que se reconocería al otro progenitor, en caso de existir, generan una discriminación por razón de nacimiento de los niños y niñas nacidos en familias monoparentales, que es contraria al art. 14 CE, en tanto esos menores podrán disfrutar de un periodo de cuidado de sus progenitores significativamente inferior a los nacidos en familias biparentales".
SATSE Madrid considera que este fallo "refuerza la necesidad de seguir avanzando en materia de conciliación, espacialmente entre el colectivo femenino, ya que el sindicato lo planteó como un procedimiento de discriminación no solo a la madre por su condición de mujer sino hacia los menores en relación con los nacidos en familias con dos progenitores.
80% de la plantilla son mujeres
Con datos del sindicato, contenidos en el documento '30 + 1 propuestas para la conciliación y la igualdad', de septiembre de 2023, en el Servicio Madrileño de Salud (Sermas), la feminización es evidente en muchas categorías profesionales, pero más aún en enfermería, donde más del 80% de la plantilla son mujeres.
Entre las medidas que propone el sindicato para facilitar la conciliación, figuran crear comisiones en todos los centros del Sermas para dirimir conflictos en esta materia entre empresa y personas trabajadoras o implantar medidas que no supongan merma económica, como flexibilización horaria que permitan, modificación de turno de trabajo, adaptar la hora de entrada y salida y/o disminuir la jornada semanal de trabajo en determinados períodos y por motivos directamente relacionados con la conciliación y otras situaciones de vulnerabilidad.
Asimismo, en el documento, consultado por este diario, se proponen otras muchas cuestiones como la modificación de la jornada laboral: 4 turnos de 6 horas, ganando en flexibilidad (poder juntar dos turnos), sin perder la continuidad asistencial y sin reducciones de tiempo y salario. Se sugiere, asimismo, recuperar la posibilidad de fraccionar la excedencia para el cuidado del familiar dependiente o cuidado de menores hasta 12 años en diferentes periodos.
De no ser así, indica el sindicato, se aconseja asignar al permiso sin sueldo "similares condiciones a las de la excedencia en caso de solicitarse por conciliación, contabilizándose como tiempo trabajado a todos los efectos y desvinculándose de las necesidades del servicio".
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