Derechos laborales
El Tribunal Supremo anula el despido de un empleado de 58 años al considerar que fue por su edad
El Alto Tribunal entiende que no existen causas objetivas ni descenso en el desempeño del trabajador, sino una mera estrategia de rejuvenecimiento de la plantilla

La fachada del Tribunal Supremo. / EP
EFE
El Tribunal Supremo ha anulado un despido por razón de edad (58 años), al entender que no existen causas objetivas ni descenso en el desempeño del trabajador, sino una mera estrategia de rejuvenecimiento de la plantilla.
En una sentencia fechada el pasado 24 de septiembre a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo social rechaza el recurso de Huawei contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de octubre de 2020, que declara firme.
Lo que ha aclarado el Supremo es si en un despido hubo discriminación por razón de edad, en relación con la existencia de una estrategia de empresa de renovación generacional de la plantilla.
El trabajador prestaba servicio a Huawei España desde enero de 2011, con categoría de ingeniero, y en septiembre de 2020 se le notificó el despido por una reestructuración organizativa derivada de un descenso de ventas en el departamento.
Su indemnización ascendía a 54.949,26 euros.
La sala considera probado que de los datos de plantilla de los años 2017, 2018 y 2019, se evidencia que los trabajadores mayores de 50 años, suponían entre un 11 % y un 13 % del total de empleados, y, sin embargo, soportaban el mayor porcentaje de despidos.
Además, como indicaba la sentencia del TSJM, el empleado mantenía una buena evaluación de su desempeño desde al menos 2014, que revalidó en 2020 (el año de su despido), aunque posteriormente su calificación fue rebajada (después de comunicársele el despido) sin que consten los motivos de tal decisión.
Ello "constata" la existencia de una estrategia en la empresa sobre renovación generacional de la plantilla, añade el Supremo.
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